Europa exige cumplir con la protección de datos en actividades religiosas ‘puerta a puerta’

Una sentencia confirma la prohibición a los Testigos de Jehová de Finlandia de recoger datos de los contactos que realizan en sus visitas si no cuentan con el expreso consentimiento y un sistema de gestión de datos adecuado a la ley.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este martes que “la comunidad de los Testigos de Jehová es responsable, junto con sus predicadores, del tratamiento de datos personales recogidos durante una actividad de predicación puerta a puerta”.

El caso que trataba el tribunal europeo se dio en Finlandia, donde la Comisión de Protección de Datos nacional prohibió a los Testigos de Jehová recoger o tratar datos personales durante la actividad de predicación puerta a puerta que llevan a cabo sus miembros, si no se respetaban los requisitos legales para el tratamiento de datos.

La comunidad religiosa estaba recogiendo nombres, direcciones, inclinación religiosa, situación personal y otros datos personales que “se recogen a modo de recordatorio, con el fin de poder recuperarlos para una posible visita posterior”, pero esta recogida de datos no contaba con el consentimiento de los contactos “ni (consta) que se les haya informado de ello”, explica el Tribunal.
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FUENTE NOTICIAS PROTESTANTES

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