Por asistencia médica de emergencia CNSS reitera prohibición de anticipos  

Este martes el Consejo Nacional de Seguridad Social a todos los Prestadores de Servicios de Salud (PSS), reiteró que está prohibida la práctica de exigir anticipos o depósitos a los afiliados del Seguro Social (SFS) como garantía  de pago para ofrecer los servicios de salud que requiera el paciente.

    Dada  a esa situación, el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), a través de la Resolución No.546-01, instruye a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a garantizar el cabal cumplimiento de esa disposición avalada por la Ley 42-01, la Ley87-01y administrativas resoluciones.

     La resolución del CNSS establece que se tiene el objetivo de regularizar esta situación, mejorando los canales comunicativos entre las Administradoras de Riesgos Salud (ARS) y las PSS, así como de capacitar al personal, con el fin de cerrar las brechas de desinformación que puedan estarse presentando en la actualidad.

FUENTE DIARIO LIBRE

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